El proyecto establece que el abandono injustificado de la sede de funciones de los magistrados, consejeros, vocales y jueces ordinarios y agroambientales durante seis días hábiles continuos.
La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó este jueves, en su estación en detalle, un proyecto de ley que tiene el objetivo de limitar los viajes de las autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional.
Se trata del proyecto de ley de la residencia y declaratoria en comisión de las autoridades del Órgano Judicial, el cual fue aprobado en grande el pasado 17 de octubre y, posteriormente, consensuada con autoridades del Órgano Judicial, quienes solicitaron ser parte de la elaboración del documento.
"Se ha llegado a un consenso con la redacción final de los cinco artículos de este proyecto, lo cual es algo muy significativo, muy positivo, porque hemos aprobando hoy (jueves) una ley íntegramente en consenso con las autoridades judiciales", informó el presidente de la Comisión de Constitución, el diputado Héctor Arce (MAS).
De acuerdo a un comunicado de la Comisión de Constitución, el proyecto, que sufrió modificaciones tras su consenso con las autoridades judiciales, establece que la residencia de los magistrados y consejeros del Órgano Judicial, en el ejercicio de sus funciones, es la ciudad de Sucre en días hábiles; así como de los vocales y jueces es en el asiento jurisdiccional al que corresponden.
Señala además que las autoridades del Órgano Judicial sólo podrán ser declaradas en comisión temporal en el caso de actividades inherentes a esa instancia, tiempo que no deberá superar los cinco días hábiles continuos y efectivos de trabajo, o diez discontinuos en un mes.
No obstante, establece que las autoridades judiciales puedan asistir a actos oficiales siempre y cuando estos no superen los dos días efectivos de representación y únicamente cuando exista una invitación de alguna institución pública o privada nacional o internacional, sobre temas inherentes al desempeño del cargo, tiempo que no deberá superar a diez días hábiles y efectivo en un mes.
De acuerdo al comunicado, el abandono injustificado de la sede de funciones de los magistrados, consejeros, vocales y jueces ordinarios y agroambientales durante seis días hábiles continuos u once discontinuos en un año estará sujeto a responsabilidad disciplinaria como falta gravísima o responsabilidad penal.
El viceministro de Justicia y Derechos Fundamentales, Esteban Miranda, señaló semanas atrás que el proyecto fue propuesto porque existen evidencias sobre el abandono injustificado de funciones de las autoridades judiciales, situación que provocaría la retardación en la resolución de los casos.
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